10 ago 2010

Hacia una Ley Indígena y de Pueblos Originarios de la ciudad de México.

Por:

Dr. Iván Gomezcésar Hernández.

Enlace Comunitario. Universidad Autónoma de la Ciudad de México.

Introducción

El Distrito Federal requiere reconocer su composición pluricultural que, como señala el artículo segundo constitucional, está “sustentada originalmente en sus pueblos indígenas”. Para ello es menester comprender que la ciudad encierra una gran complejidad en cuanto a la definición de los pueblos indígenas, en donde es factible distinguir dos tipos básicos de población indígena:

a) los pueblos originarios, descendientes de poblamientos prehispánicos refundados durante el periodo colonial, y

b) las comunidades e individuos indígenas provenientes de procesos migratorios recientes, una parte de los cuales ya son población residente del Distrito Federal.

Las presentes notas son producto del trabajo que el área de Enlace Comunitario de la UACM ha venido desarrollando, desde hace dos años, en el proceso de debate y de consulta sobre esta ley, específicamente en la mesa de elementos conceptuales. A continuación se presentan los comentarios y reflexiones conceptuales divididas en la diferenciación básica aludida.

A. Los pueblos y barrios originarios de la ciudad de México

El término pueblos originarios

“Pueblo originario” es un término de reciente acuñación, tal vez no más de dos décadas. Lo interesante, como han mostrado quienes se han ocupado de estudiarlo (Medina, 2007 y Mora, 2007), es que se trata de una autodefinición proveniente de los núcleos más politizados de estas poblaciones y que ha ido ganando terreno paulatinamente, de tal manera que si bien no es admitida por la totalidad de pueblos, es compartida por una buena parte de ellos.

El término tiene una clara carga política, aunque también ideológica: permite a los pueblos reconocer lo indígena como un pasado, aunque en muchas casos no así su presente, que se sobreentendería como mestizo. Esto tiene que ver con que en la ciudad el término indio o indígena se usa todavía con un peso despectivo y que explica en parte el éxito de una palabra que posibilita contar con la parte indispensable de la definición, a saber, ser descendientes de los primeros pobladores, de los originarios, que es la legitimación de muchos de sus derechos actuales. A la vez, se pueden diferenciar tanto de los “indígenas” actuales, como de la población no indígena.

Dada la importancia simbólica y política y al hecho de que se trata de parte de su proceso de autoafirmación y reconocimiento, sería importante que la ley empleara el término pueblos originarios, equiparándolo al de pueblos indígenas. Esto por sí mismo representaría un reconocimiento de los puntos de vista de este actor fundamental.

Definición de pueblo originario de la ciudad de México

Son poblaciones descendientes de pueblos prehispánicos refundados en el periodo colonial. Sus principales características son:

Tienen como base un conjunto de familias autoidentificadas como originarias; esto se expresa en la predominancia de algunos apellidos que son claramente identificables.

Poseen un territorio en el que se distinguen espacios de uso comunitario y para desarrollar la vida ritual. Una parte de los pueblos poseen terrenos agrícolas o forestales en forma de ejidos, propiedad privada o comunidad agraria y por tanto su noción de territorio es clara. Pero incluso en aquellos pueblos que han perdido sus terrenos y han quedado reducidos a medios urbanos, existe una idea de espacio originario, en el que se identifica un centro y otros espacios comunitarios, entre los que las más de las veces se cuenta la iglesia o capilla, la plaza, el mercado y el panteón.

Su continuidad está basada en formas de organización comunitaria y un sistema festivo, que tiene como elemento central un santo o santa patrona. En el sistema festivo pueden apreciarse elementos culturales de origen mesoamericano, colonial y una permanente capacidad de adaptación a las nuevas influencias culturales de su entorno, que no se reducen a los elementos religiosos.

Las festividades religiosas y cívicas cumplen la función de generar liderazgos en torno a los nombrados para ejercer los cargos, y para el colectivo es el medio para refrendar la pertenencia al pueblo, contribuyendo a la continuidad de las identidades locales. El santo patrón y otras deidades son la base a partir de las cual se establecen nexos duraderos con otros pueblos.

Pervivencia de los pueblos originarios

La pervivencia de los pueblos originarios, esto es, poblaciones de origen prehispánico en la capital de la República, es un hecho sobresaliente y probablemente único en América Latina. Su explicación parte de la fundación de la ciudad colonial, y podría dividirse en tres grandes momentos:

1. Periodo colonial

La decisión, atribuida a Hernán Cortés, de fundar la capital española en la isla de Tenochtitlán, sede del antiguo imperio, rodeado de una cuenca con la mayor concentración poblacional y el más alto nivel de desarrollo civilizatorio en Mesoamérica, implicó una relación muy estrecha entre la ciudad y ese entorno.

El nuevo poder español, si bien mantuvo subordinadas y en una relación de dominio a las poblaciones indígenas, permitió la preservación de grados importantes de autonomía en muchas de éstas, dado de que de esta manera se garantizaron los tributos, mano de obra y el abastecimiento de alimentos a la población española. En esos pueblos prevaleció, durante todo el periodo, la práctica de elegir a sus representantes.

De particular importancia resultó la producción basada en las chinampas en el sur de la ciudad, cuya eficiente tecnología, del todo ajena a la visión española, permitió a una gran cantidad de pueblos mantener una base económica propia, así como el control del proceso productivo y parte de la distribución por canoas a la ciudad de México.

Los pueblos de las montañas del sur y del oriente de la ciudad, protegidos en cierta forma por la zona chinampera y por su relativo aislamiento, contaron también con considerables márgenes de vida autonómica. Los pueblos del norte, en cambio, sufrieron un rápido proceso de despoblamiento producto de la sequía, la erosión y el pronto avance de las haciendas en sus terrenos, conformados por planicies más propicias para la ganadería y la agricultura españolas. (Gibson, 2000)

2. El México independiente

Muchos de los pueblos originarios de la cuenca de México tuvieron la capacidad de transitar del antiguo régimen a la república dado que poseían una organización política propia. (Guarisco, 2003) Sin embargo, al final del periodo, la legislación liberal, en que campeó una política contraria a la propiedad comunal, aunada al avance de los hacendados, trajo como consecuencia un debilitamiento de muchos de los pueblos.

Durante el porfiriato, la creación de prefecturas limitó la autonomía de los pueblos y las concesiones del gobierno a los hacendados, como la desecación de los lagos de Chalco y Texcoco, implicaron importantes pérdidas territoriales o limitantes a la explotación de los bosques. Eso explica la simpatía que de manera muy temprana desarrollaron los pueblos de la cuenca por el alzamiento armado.

3. El siglo XX

La presencia del zapatismo al sur de la cuenca explica que allí tenga lugar el inicio formal de la reforma agraria en el país, con la dotación de ejidos a Iztapalapa, seguida de Xochimilco, Cuautepec y Mixquic, entre fines de 1916 y 1917. En total, fueron más de 100 los pueblos beneficiarios de una política de reparto muy limitada que, con todo, permitió revertir en alguna medida la grave descampesinización que habían sufrido. Sin embargo, el periodo concluye con el reconocimiento de los bienes comunales en la década de los cincuenta y los sesenta. A partir de ello iniciaran a gran escala las expropiaciones de tierras que acompañaron el acelerado crecimiento urbano instalado desde una década atrás. Esa es la época de la que todavía no salimos: la invasión de la urbe a las tierras de los pueblos originarios.

Los pueblos originarios han dado muestra de una gran voluntad de resistir los proceso de urbanización desenfrenada, defendiendo su propia existencia al tiempo que defienden los bosques, las aguas y las zonas productivas enclavadas en sus tierras. La lucha por los bosques comunales de Milpa Alta, la resistencia a la construcción de un campo de golf en Xochimilco, la defensa del Desierto de los Leones y la lucha contra la construcción del metro en Tláhuac son algunas expresiones de esa voluntad.

Fortalecimiento identitario de la población indígena

En los últimos 20 años ha tenido lugar un proceso de fortalecimiento identitario en los pueblos originarios con claras expresiones culturales, coincidiendo con la presencia de gobiernos de más atentos a sus reclamos. De esta manera, el Distrito Federal es prácticamente la única ciudad que posee una política social hacia lo étnico en México, producto de la confluencia entre fuerzas políticas más sensibles y un actor social en claro ascenso.

En la última década se han multiplicado las publicaciones, los esfuerzos culturales, los proyectos de desarrollo de diverso tipo, y en general expresiones de este proceso de reafirmación identitaria, lo que vale para los pueblos originarios como para los indígenas que se han asentado en la capital. Una expresión muy clara de ello es la lucha de pueblos que habían sido declarados como extintos que hoy dan muestras de vitalidad.

Tipología de pueblos originarios

Actualmente se pueden distinguir al menos tres tipos de pueblos, que corresponden a tres regiones del Distrito Federal. Más que una clasificación, tal tipología busca identificar los procesos de consolidación de los pueblos, lo que puede ser importante para la elaboración de una ley indígena. Cabe aclarar también que es una visión general que indica tendencias y no puede comprenderse de manera absoluta o tajante.

1. Los pueblos rurales y semirurales ubicados en la zona sur y surponiente del Distrito Federal, que poseen la superficie de bosques y zona de chinampas todavía en producción.

Son cerca de 50 pueblos distribuidos en las delegaciones de Milpa Alta, Xochimilco y Tláhuac, así como partes de Tlalpan, Magdalena Contreras, Álvaro Obregón y Cuajimalpa.

Se caracterizan porque al menos parte de su subsistencia depende de la tierra (agropecuaria, silvícola o recientemente turismo ecológico) y poseen en su mayor parte formas de representación civil (enlaces territoriales, subdelegados y otras figuras).

Dentro de los pueblos originarios, se trata de los actores más organizados y con la vida comunitaria más completa, por lo que es de entenderse que son los que están en mejores condiciones de aprovechar un los puntos favorables que contenga una ley indígena.

2. Pueblos urbanos con un pasado rural reciente. Se trata de pueblos muy semejantes a los mencionados líneas arriba, pero que perdieron su carácter rural y agrícola en las últimas 4 ó 5 décadas. Son más de 30 pueblos ubicados en las delegaciones de Iztapalapa, Coyoacán, Iztacalco, Benito Juárez, Venustiano Carranza y parte de las delegaciones mencionadas antes.

Su transformación a entidades urbanas se debe a la venta de la tierra por la presión del crecimiento urbano y sobre todo a las expropiaciones presidenciales aplicadas las más de las veces arbitrariamente y con el uso de la fuerza. Al perder la tierra, estos pueblos perdieron también, en su mayoría, formas de representación cívicas, y sólo poseen los sistemas de cargos tradicionales basados en las mayordomías, las fiscalías y otras, así como en algunos casos, una representación agraria muy limitada. En otros casos han aprovechado dar cierta continuidad a su representación cívica mediante los nombramientos de representantes vecinales.

Aunque varían mucho los casos, en general se trata de pueblos con una importante y en ocasiones vigorosa vida comunitaria, especialmente en sus celebraciones. Y pese a que sin duda fueron gravemente afectados por la desaparición de su antigua forma de vida, muchos pueblos de este tipo participan del proceso de fortalecimiento identitario que hemos mencionado. Expresión elocuente de ello es la participación de muchos de ellos en la consulta para el proyecto de ley indígena y la decisión de seguir siendo pueblos.

3. Pueblos urbanos con una vida comunitaria limitada. Se trata de más de una treintena de pueblos ubicados en el centro y norte del DF, en las delegaciones Cuauhtémoc, Miguel Hidalgo, Gustavo A. Madero y Azcapotzalco, cuya existencia como comunidades era más precaria desde hace más de un siglo.

Muchos de estos pueblos fueron revitalizados por los repartos agrarios, pero las prontas expropiaciones y otros factores no les permitieron consolidar una vida comunitaria más amplia. No obstante, son apreciables una gran diversidad de estrategias de subsistencia, así como la voluntad en muchos de ellos de continuar existiendo.

Pese a que son evidentes la diferencias entre pueblos rurales, pueblos urbanos con fuerte vida comunitaria y pueblos que carecen de esto último, es claro que comparten las tres características que los definen como pueblos originarios, a saber: todos cuentan con un claro origen prehispánico o colonial; están constituidos por grupos de familias que poseen una noción de territorio originario y se nuclean alrededor de una o varias organizaciones comunitarias que garantizan la continuidad de sus principales celebraciones.

4. Pueblos de otros orígenes que se han asimilado a formas de organización de los pueblos originarios. En la ciudad de México, además de los pueblos originarios que descienden de poblaciones prehispánicas y coloniales locales, existen otros pueblos que comparten muchas de las características y que incluso son considerados como tales. Entre ellos se pueden distinguir diferencias importantes:

a) los pueblos producto de desplazamientos antiguos de otras entidades y que, pese a no tener su raíz más antigua en el DF, están establecidos en él desde hace más de un siglo. Tales puede ser el caso de San Juan Aragón en la Gustavo A. Madero, que es un pueblo trasladado de otra entidad. Salvo este dato, comparte el resto de las características de los pueblos originarios, por lo que no pareciera haber motivos para diferenciarlos del resto.

b) los pueblos conformados por asentamientos mucho más recientes y de una población que no constituía anteriormente ni pueblo ni comunidad. Tal es el caso de Tepepan en Xochimilco, cuyos integrantes, que tienen orígenes muy diversos, por decisión propia, se han asimilado a la forma de organización de los pueblos originarios que son vecinos suyos.

c) pueblos recientes que también han asimilado formas de organización de los pueblos originarios pero que, a diferencia de los anteriores, están conformados por población indígena que emigró a la ciudad, ya sea de una o de varias etnias y comparten por tanto muchas características culturales y comunitarias.

Por la existencia de casos de pueblos que podrían considerase atípicos, y dada la diversidad de condiciones que guardan, es necesario que la ley contemple un procedimiento que valide, en caso de ser necesario, la pertinencia de ser considerados como pueblos originarios. Para ello podría conformarse un mecanismo, en que a partir de una solicitud avalada por una asamblea comunitaria, puedan emitirse peritajes con la participación de académicos especialistas en el tema, en que se confirme la autenticidad de los casos cuestionados o, en su caso, la pertinencia de ser considerados como tales.

B. Comunidades indígenas migrantes y residentes

Es fama que la ciudad de México mantuvo aun antes de la era colonial, una importante presencia de diferentes grupos indígenas del país. Esa característica se conservó con el tiempo, pero cambió de calidad cuando la explosión sociodemográfica y el éxodo rural detonaron un acelerado crecimiento urbano a partir de la década de los cuarenta, fenómeno similar al ocurrido en las capitales del resto de América Latina.

Aunque el censo de 2000 estima en 300 mil los indígenas en el DF y el conteo rápido del 2005 incluso reduce ese número, es evidente que la cifra subestima la presencia indígena y deja claro la invisibilización a que está sujeta. Se trata, por supuesto, de un proceso muy complejo y heterogéneo del que las siguientes observaciones, son sólo algunas de las tendencias que se aprecian:

1. Existe una migración estacional indígena, que obedece a la lógica de la demanda de trabajo o la complementariedad de las economías campesinas, o a la comercialización a pequeña escala de ciertos productos agrícolas o artesanales. Tal es el caso muy señalado, de cierto tipo de trabajadores, como la albañilería y otros oficios de la industria de la construcción, en que la participación indígena es visiblemente importante.

Sería de gran utilidad identificar las diversas ocupaciones temporales o permanentes que demanda la gran urbe y que tradicionalmente son desempeñadas por indígenas, puesto que entre ellas se localizan muchos de los trabajadores peor remunerados, carentes de mecanismos de protección social y de organización sindical o gremial. O sucede, como es el caso de los trabajadores de la construcción, que su representación ha sido usurpada por sindicatos que no tienen nada que ver con ellos, pero cobran sus servicios de “protección”: un alarmante caso de injusticia que actúa impunemente y a la luz del día.

2. Un caso de particular importancia es el de las trabajadoras domésticas, actividad desempeñada con una innegable participación de mujeres indígenas. En este caso particular se suma a las desventajas de los trabajadores de origen indígena, su condición de género.

Este carácter “étnico” de muchos trabajos en el DF, debe ser considerado por la ley de tal forma de garantizar a estos grupos, que son especialmente vulnerables ante la explotación, sus derechos laborales comunes al resto de la población trabajadora. Pero también debe tenerse presente las particularidades culturales, por lo que en el ámbito de la justicia laboral debería existir un cuerpo especializado en esta problemática que haga realidad esa igualdad ante la ley.

Residentes indígenas

Una gran cantidad de indígenas se han establecido, de forma más o menos definitiva, incluidos muchos trabajadores en otro momento estacionales, en el DF, de tal forma que, como ellos mismo señalan, ya no deben ser considerados como migrantes, sino como residentes. Es una población que guarda una gran heterogeneidad social y organizativa.

Pueblos o comunidades desdobladas.

Una de las expresiones más identificables de la migración indígena es que frecuentemente no pierden su pertenencia a un pueblo particular, con el que siguen manteniendo una estrecha relación, mediante la continuidad de su sistema festivo, la celebración de bodas y otras ceremonias comunitarias, el nombramiento de autoridades tradicionales y diversas formas de apoyo económico o de otros tipos.

Aunque es frecuente que los integrantes de pueblos desdoblados tengan residencias dispersas en la ciudad, encuentran las maneras de contar con espacios y momentos para desarrollar elementos de una vida comunitaria. Dentro de estos pueblos desdoblados se encuentran muchos de los casos en que mejor se expresa el ser indígena en la ciudad, puesto que funcionan con un importante grado de autonomía y capacidad de recrear su cultura en las nuevas condiciones. Dado su carácter claramente comunitario, este actor podría ser uno de los que la ley expresamente podría reconocer, sin intervenir en las formas tradicionales en que son nombrados, que debe seguir siendo atribución de cada uno de ellos.

La ley podría reconocerlos como representantes de la comunidad de residentes del pueblo de que se trate en el Distrito Federal, y tal nombramiento le conferiría la atribución de gestionar las diferentes demandas que su comunidad pueda tener ante autoridades locales, centrales o federales, así como cualquier otra instancia ante la que interactúe como comunidad.

Pueblos o comunidades pluriétnicos

Existen asentamientos más complejos, formados mayoritariamente por indígenas pero que, a diferencia de las anteriores, son provenientes de diversas etnias, como la Colonia Villa San Isidro, o Las Malvinas, ambos en Xochimilco. En estos casos se tendría, por decir así, dos pisos en lo referente a la representación: por un lado los representantes de pueblos indígenas específicos, y, además, una representación general que comprenda a todos estos.

Lo importante del caso es que este tipo de comunidades actúan en los dos planos: no dejan de tener expresiones propias de su pueblo de origen, pero a la vez comparten un sistema festivo general que es necesario para interactuar con los pueblos originarios que conforman su entorno y con quienes tienen grandes semejanzas culturales. Al contar, por ejemplo, con un santo patrón común, estas comunidades se integran regionalmente, puesto que esa imagen les es indispensable para establecer un sistema de reciprocidades con los pueblos originarios vecinos.

Unidades residenciales indígenas.

Un elemento que muestra claramente la creciente capacidad de negociación de los grupos indígenas es la interlocución que les ha permitido la construcción de unidades habitacionales para demandantes de una o varias etnias, tanto producto de negociaciones con autoridades del gobierno del DF como de esfuerzos propios. Existen también casos en que pueblos han comprado terrenos, ya sea para uso ritual o para viviendas.

Organizaciones indígenas.

Una de las expresiones del fortalecimiento identitario de la población indígena residente en el DF es la multiplicación de esfuerzos organizativos. Además de las formas ya mencionadas, que obedecen más al origen o al asiento urbano, en la ciudad existen organizaciones que agrupan a indígenas en su calidad de comerciantes, como grupos culturales, artesanos, profesionistas y otros. Han aparecido esfuerzos organizativos más amplios, que funcionan como frentes. Tal puede ser el caso de los impulsores de la Guelaguetza, que, como se sabe, abarca a diferentes pueblos oaxaqueños, o la Asamblea de Migrantes Indígenas del DF, que es una de las experiencias más ambiciosas de representación.

Un detalle significativo es que en la ciudad se han asentado numerosos estudiantes universitarios indígenas y residen muchos reconocidos intelectuales. Este es un factor importante, pues permite una capacidad de interlocución mayor que en otras latitudes del país, incluidos los estados con población indígena importante.

Aun así, es probable que buena parte de la población indígena carezca de cualquier forma de organización. Podemos hablar entonces, de un actor social muchos más desigual y heterogéneo que los pueblos originarios: desde los jóvenes que se visten de “cholo-punks” que son visibles en muchos parques públicos de la capital, y que muy difícilmente participarían los debates sobre la ley, en hasta muchos de los intelectuales indígenas más reconocidos en el país.

Consideraciones finales y propuestas

Tenemos una población-objetivo sumamente desigual, actores complejos, diversos y dinámicos pero también en un claro proceso de fortalecimiento; coexisten tanto pueblos originarios y como organizaciones de indígenas migrantes residentes consolidados mientras otros empiezan apenas a reconocerse.

La ley debe ser tal que contribuya a este proceso. No debe, por lo tanto limitarse sólo los actores más visibles y reconocidos. La reciente modificación a la ley de participación ciudadana emitida por la asamblea legislativa, representa un importante avance en la dirección del reconocimiento jurídico de los pueblos originarios. Sin embargo, cae precisamente en la limitante señalada, pues considera sólo a los pueblos originarios de cuatro delegaciones: Milpa Alta, Tláhuac, Tlalpan y Xochimilco.

Si la ley de pueblos originarios y comunidades indígenas procede de la misma manera, se contribuiría a ahondar las desigualdades de la población objetivo, incidiendo a favor de los más consolidados y desprotegiendo precisamente a quienes requieren de mayor apoyo.

El mecanismo para buscar evitar esa desigualdad es prever y auspiciar que continúe el autorreconocimiento de pueblos originarios y de nuevas organizaciones más amplias de indígenas residentes y migrantes. Para ello se requiere establecer un mecanismo que reconozca la autoadscripción, pero que vaya acompañado de un instrumento de validación transparente, mediante peritaje histórico-social.

De igual forma, la ley debe tener presente la contradicción existente entre los dos actores básicos: originarios y residentes y migrantes, que afloró claramente durante el proceso de consulta. Por ello es importante que, desde el título, se reconozca esa diferenciación, aunque, como se ha comentado, ambos actores se deben equiparar a la figura jurídica establecida nacional e internacional de pueblos y comunidades indígenas.

En segundo lugar, tal diferenciación debía corresponder al cuerpo de la ley, por lo que podría ser útil pensar en una sola ley, pero con tres apartados básicos:

a) un primer apartado general de derechos sociales y culturales indígenas, que compartan tanto los pueblos originarios como los migrantes y residentes indígenas, que comprenda:

Derechos lingüísticos; defensa y promoción de las lenguas, tanto el náhuatl de los originarios como el resto de lenguas habladas en el DF.

Acceso a la educación, en particular a la educación superior

Acceso a medios de comunicación, en particular a radios comunitarias

En contra de la discriminación y el racismo

Defensa de la herbolaria y prácticas de salud tradicionales

Derecho a la autoadscripción, reconocimiento y personalidad a los pueblos desdoblados con representación en el DF y a los pueblos originarios que en lo futuro que autorreconozcan como tales.

b) un segundo apartado referido a los pueblos originarios, debe tener como componentes fundamentales el reconocimiento a sus formas de representación y a un espacio territorial:

Debe comprender el reconocimiento a la existencia jurídica de los pueblos originarios con formas de representación propias. Si bien podría comenzarse por aquellos pueblos que actualmente cuentan con alguna figura de representante de facto, como es el caso de los enlaces territoriales en varias delegaciones, la ley debe prever que accedan a tener una representación los pueblos que así lo deseen y estén en condiciones de llevarlo a cabo.

Los propios pueblos deben establecer los procedimientos mediante los cuales son electos sus representantes, que implique la consideración de una normatividad propia. La idea es fortalecer el sentido comunitario de la representación, y no el tipo de gobierno unipersonal. Debe indicarse el papel de la asamblea de pueblo como espacio máximo de decisión, incluyendo la revocación del mandato.

Entre las atribuciones de las autoridades de los pueblos, debe considerarse el restablecimiento de los jueces de paz.

A los pueblos que poseen terrenos agrícolas, forestales o de reserva ecológica, la ley debe reconocerles el importante papel que han jugado en la defensa de tales recursos, fundamentales para la viabilidad futura del DF. Se les deben explicitar atribuciones para que continúen como salvaguarda de esa herencia. Por tal motivo debe declarar como de interés primordial la preservación del legado histórico y actividad productiva que representan la chinampas, así como en general la agricultura periurbana. Otro tanto debe establecerse en cuanto a la preservación de los bosques, aguas y zonas de recarga de los mantos freáticos.

Debe prever derechos políticos: la incorporación en la Asamblea Legislativa de representantes generales de los pueblos originarios por una vía que no necesariamente implique los partidos políticos, sino las asambleas comunitarias.

c) un tercer apartado referente a los derechos de los indígenas migrantes y residentes, que contenga básicamente el reconocimiento a sus diversas formas de representación y la agenda de derechos sociales y culturales que han levantado en los últimos años:

Debe considerar los derechos laborales y de organización gremial y sindical de los indígenas que laboran en el DF, ya sea de manera temporal como permanente.

Debe reconocerles personalidad a los representantes de los pueblos desdoblados

Derechos de asentamientos humanos y vivienda

Acceso a la justicia y defensa de los derechos humanos

Derechos de género

Educación intercultural

Representación política

Junio de 2010

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